Nombres: Hernán Patricio Velastegui Rosero
Fecha: 06/07/2025
Curso: 6to Semestre “B”
Noticia Elegida:
El 26 de junio de 2025 entró en vigor la Ley de Integridad Pública, la cual reformó el artículo 81 de la Ley Orgánica del Servicio Público (LOSEP) para establecer claramente que solo quienes tengan 65 años o más, y cumplan con los requisitos del IESS, podrán acceder a la compensación económica por jubilación voluntaria en el sector público. Esto generó preocupación y movilización de gremios como UNE, FME y Fenacope, y se plantearon demandas de inconstitucionalidad debido a la afectación de derechos adquiridos.
Se produjo confusión porque la Ley de Seguridad Social del IESS permite jubilarse desde los 60 años con 360 aportaciones, pero la nueva ley del servicio público condiciona la compensación al requisito de edad de 65 años. El IESS debió aclarar que no se modificaron los requisitos de acceso al IESS, sino únicamente los criterios para recibir el incentivo adicional en el sector público.
Además, medios verificadores y analistas han resaltado que la edad para jubilarse no aumentó legalmente: el retiro voluntario sigue a los 65 y el obligatorio a los 70, tal como ya lo establecía la LOSEP; lo que cambió fue la edad mínima para acceder al bono únicamente.
La reforma busca racionalizar el gasto público, moderando incentivos, pero genera tensiones por afectar expectativas previas de miles de trabajadores. El IESS mantiene intactas sus reglas de jubilación, lo que preserva la base del sistema contributivo. Sin embargo, en el servicio público, jubilarse sin compensación puede demandar replanteos económicos significativos para quienes contaban con ese bono. El debate actual gira en torno al equilibrio entre resiliencia presupuestaria estatal y respeto a derechos adquiridos y la vinculada planificación individual.