NOTICIA Nro 13

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de RAMOS CASTILLO MARIA JOSSE -
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Ecuador Rompe el Paradigma de Inimputabilidad de Menores

La Ley de Integridad Pública, vigente desde el 26 de junio de 2025, introduce una excepción histórica al principio de inimputabilidad penal de adolescentes en Ecuador. Por primera vez, menores de 16 y 17 años podrán ser juzgados como adultos en delitos graves como asesinato, secuestro, extorsión y sicariato, rompiendo décadas de doctrina jurídica basada en el interés superior del menor.

La reforma establece penas de internamiento de 12 a 15 años para delitos de crimen organizado, triplicando las sanciones anteriores. Más controversial resulta que, al cumplir la mayoría de edad, estos jóvenes pueden ser trasladados a cárceles de adultos. Además, introduce mecanismos de "colaboración eficaz" que permiten reducir hasta 50% la pena a adolescentes que delaten a sus reclutadores.

Desde una perspectiva constitucional, esta normativa genera tensiones con la Convención sobre los Derechos del Niño y las Reglas de Beijing, que consagran la especialidad de la justicia juvenil. La aplicación del procedimiento penal ordinario a menores contradice el principio educativo sobre el punitivo, planteando interrogantes sobre proporcionalidad.

Si bien el contexto de inseguridad y reclutamiento de menores por el crimen organizado justifica medidas drásticas, la evidencia criminológica sugiere que el endurecimiento punitivo no reduce necesariamente la delincuencia juvenil. Ecuador enfrenta el desafío de equilibrar la demanda de seguridad con la protección de derechos de la niñez, evitando que la respuesta punitiva eclipse las políticas de prevención y reinserción social.

REFERENCIA: https://www.eluniverso.com/noticias/informes/asi-se-juzgara-a-los-menores-de-edad-en-ecuador-internamientos-de-hasta-15-anos-y-cumplimiento-de-sentencias-en-carceles-para-adultos-que-mas-cambia-nota/