Noticia Semana N° 12

Noticia Semana N° 12

de ROSERO AMAGUAYA NAHOMI BRITHNEY -
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TITULO: La ropa usada: el desastre ambiental silencioso que amenaza los humedales sin que nadie lo note.

FUENTES:

                       FECHA: 20 de Junio de 2025

REFLEXIÓN

Analizando ambas noticias revelan una grave problemática ambiental transnacional: el destino final de la ropa usada (ya sea donada o descartada por marcas), la cual termina contaminando ecosistemas frágiles como los humedales protegidos de países del Sur Global, particularmente en África, esta práctica constituye una violación indirecta del derecho a un ambiente sano, consagrado en diversos instrumentos internacionales como el Acuerdo de Escazú, el Principio 10 de la Declaración de Río y el artículo 12 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PIDESC).

En el caso reportado por Gizmodo, el daño ambiental se relaciona con el ingreso descontrolado de ropa de segunda mano, muchas veces en nombre de la ayuda humanitaria, a países latinoamericanos, donde termina acumulándose en ecosistemas sensibles como los humedales, generando impactos sobre la biodiversidad y la salud pública; por su parte, la noticia de EcoInventos documenta cómo marcas británicas desechan directamente su ropa en humedales de Ghana, lo que evidencia una acción más directa y atribuible jurídicamente a empresas del Norte Global, en ambos casos, se vulnera el derecho a un ambiente sano, se afecta un bien jurídico protegido los humedales y su biodiversidad, y se configura una posible responsabilidad internacional, ya sea por contaminación transfronteriza o por omisión de controles en el origen y destino de los residuos.

A nivel normativo, pueden invocarse instrumentos como el Convenio de Basilea, el Convenio Ramsar y principios del derecho ambiental internacional, como el de prevención, el precautorio y el de no regresión, todos ellos orientados a evitar la degradación ecológica transnacional, que en este caso se manifiesta a través de una externalización del daño ecológico desde países desarrollados hacia países en desarrollo, replicando patrones de injusticia ambiental estructural.

El fenómeno descrito en ambas noticias debería motivar acciones coordinadas entre Estados, especialmente bajo mecanismos de cooperación como el Convenio de Basilea y el Convenio de Minamata, además del fortalecimiento de mecanismos de justicia ambiental y responsabilidad empresarial transnacional, Se hace urgente una tipificación más rigurosa de los delitos ambientales globales, sobre todo cuando involucran cadenas internacionales de producción, comercio y descarte que generan daños ambientales irreversibles.

NOTA: En el trabajo escrito constan las 15 líneas de reflexión, a pesar que aquella información transcrita en el presente foro puede demostrarse con menor cantidad de líneas desarrolladas; teniendo en cuenta que consta con todo lo requerido por la docente.