Desde el punto de vista de la medicina legal, la principal diferencia entre una práctica de BDSM y una violación radica en el consentimiento. El BDSM (siglas en inglés de Bondage, Disciplina, Dominación, Sumisión, Sadismo y Masoquismo) es una forma de expresión sexual que puede incluir juegos de rol, dolor o control, pero siempre dentro de acuerdos previos entre adultos que participan de manera voluntaria.
En este tipo de prácticas, las personas pactan límites claros, establecen reglas y, muchas veces, utilizan palabras de seguridad que sirven para detener la actividad si alguna de las partes se siente incómoda. El consentimiento en el BDSM es informado, libre y puede retirarse en cualquier momento. Además, suele haber una comunicación constante y un respeto mutuo, incluso cuando se simulan situaciones de dominación o control.
Por el contrario, en una violación no hay consentimiento. Estamos frente a un acto forzado, donde la víctima no tiene la posibilidad real de aceptar o rechazar. Puede haber manipulación, amenazas, fuerza física, o incluso estados de indefensión como estar inconsciente, bajo efectos de drogas o alcohol, o ser menor de edad. Desde lo médico-legal, no solo cambia el tipo de interacción, sino también la forma en la que se presentan las lesiones y el estado emocional de la persona afectada.
En cuanto a las lesiones, en el BDSM pueden aparecer marcas o heridas, pero suelen ser simétricas, superficiales y ubicadas en zonas acordadas como la espalda, glúteos o muñecas. En una violación, en cambio, es más común encontrar lesiones defensivas, irregulares o en zonas genitales, y generalmente acompañadas por signos de angustia, miedo o rechazo.
Entonces, aunque desde fuera pueda parecer que hay similitudes físicas entre una práctica de BDSM y una agresión sexual, la gran diferencia está en el consentimiento real, el contexto, y cómo se vive emocionalmente esa experiencia. La medicina legal tiene un papel clave para analizar estos factores de forma objetiva y con enfoque en los derechos y bienestar de las personas involucradas.
Ejemplo :
- Paciente adulta con marcas lineales en la espalda y muñecas. Ella comenta tranquila que tuvo una sesión de BDSM consensuada con su pareja, donde habían acordado límites y usaron una palabra de seguridad. Las lesiones son simétricas, superficiales y no hay signos de trauma emocional.
- En otro caso, una paciente llega angustiada, con hematomas en muslos y cuello, y cuenta que fue forzada por un conocido a tener relaciones sexuales. Aquí vemos claramente la diferencia en cómo se dieron los hechos, el tipo de lesiones y el impacto emocional.
BIBLIOGRAFIA:
Discusión Jurídica. (2020, 3 de abril). La fina línea entre el sadomasoquismo y el delito de lesiones. https://discusionjuridica.wordpress.com/2020/04/03/la-fina-linea-entre-el-sadomasoquismo-y-el-delito-de-lesiones/Discusión Jurídica
IJESPOL. (2024, mayo). ¿Son las lesiones sadomasoquistas constitutivas de delito? https://www.ijespol.es/wp-content/uploads/2024/05/31.-%C2%BFSON-LAS-LESIONES-SADOMASOQUISTAS-CONSTITUVAS-DE-DELITO.pdf