La existencia de Estados miembros de la OEA que no se someten plenamente al Sistema Interamericano de Derechos Humanos (SIDH), especialmente a la jurisdicción contenciosa de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH), revela una tensión importante entre el principio de soberanía estatal y la obligación internacional de proteger los derechos humanos.
Desde la óptica del control de convencionalidad, doctrina desarrollada a partir de jurisprudencia de la Corte IDH, especialmente desde el caso Almonacid Arellano vs. Chile, los Estados que han ratificado la Convención Americana sobre Derechos Humanos (CADH) tienen la obligación de adecuar su ordenamiento jurídico interno a los estándares de derechos humanos establecidos por el SIDH, incluso por encima de normas nacionales. No someterse al sistema o limitar su competencia es una forma de eludir ese control, debilitando la protección supranacional de los derechos fundamentales.
Bajo este contexto, el caso Velásquez Rodríguez vs. Honduras (1989) marca un hito en el fortalecimiento del SIDH. En este caso, la Corte IDH estableció la responsabilidad internacional del Estado por desapariciones forzadas cometidas por agentes estatales, incluso en ausencia de pruebas directas, mediante el uso del estándar de indicios graves, precisos y concordantes. Además, consolidó la doctrina de obligación de garantía del Estado, es decir, no solo debe abstenerse de violar derechos, sino también prevenir, investigar y sancionar las violaciones.
Este caso evidenció que el reconocimiento de la jurisdicción de la Corte IDH no constituye una renuncia a la soberanía, sino más bien una expresión de soberanía cooperativa, donde los Estados se comprometen libremente a respetar estándares internacionales para mejorar la garantía de los derechos humanos.
Por tanto, la no adhesión o el retiro del sistema por parte de algunos Estados representa un retroceso en la protección regional de los derechos humanos y una debilitación del principio del control de convencionalidad, que busca precisamente armonizar el derecho interno con los compromisos internacionales asumidos voluntariamente.