Opinión personal

Re: Opinión personal

de SALTOS SEPA ANGIE FERNANDA -
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Coincido plenamente en que la negativa de ciertos Estados de la OEA a someterse al Sistema Interamericano de Derechos Humanos refleja una tensión entre la soberanía y las obligaciones internacionales, pero dicha soberanía no puede ser utilizada como escudo para evitar la rendición de cuentas frente a violaciones graves de derechos fundamentales. En el Derecho Internacional contemporáneo, la soberanía debe entenderse como una potestad condicionada por los compromisos asumidos por los propios Estados, especialmente en materia de derechos humanos. El caso Velásquez Rodríguez vs. Honduras constituyó un precedente esencial al establecer la responsabilidad internacional del Estado por omisión frente a desapariciones forzadas y al cimentar los fundamentos del control de convencionalidad, exigencia que impone a los jueces nacionales la obligación de ajustar su actuación a los estándares interamericanos. La no aceptación de la jurisdicción de la Corte Interamericana no solo debilita la eficacia del sistema regional, sino que también priva a las víctimas de un mecanismo real de tutela y reparación, reproduciendo esquemas de impunidad incompatibles con los principios que rigen la justicia internacional.