Corte Constitucional admite a trámite dos demandas de inconstitucionalidad contra la Ley de Solidaridad Nacional.

Corte Constitucional admite a trámite dos demandas de inconstitucionalidad contra la Ley de Solidaridad Nacional.

de ROJAS LEON LAURA DANIELA -
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Tema: Corte Constitucional admite a trámite dos demandas de inconstitucionalidad contra la Ley de Solidaridad Nacional.

Fecha: 05/07/2025.

Fuente: https://www.eluniverso.com/noticias/politica/corte-constitucional-admite-a-tramite-dos-demandas-de-inconstitucionalidad-contra-la-ley-de-solidaridad-nacional-nota/

La Corte Constitucional del Ecuador ha aceptado el trámite de dos demandas de inconstitucionalidad en contra de la Ley de Solidaridad Nacional, difundida actualmente por la mayor parte de legisladores de la Asamblea Nacional. Estos actos proponen que algunos artículos que son cuestionados hoy en día, son los que violan o vulneran principios constitucionales fundamentales, entre ellos, el derecho a la igualdad, el derecho a la seguridad social, y por último, la protección a los grupos vulnerables. Dentro de las demandas, promulgadas por diferentes figuras tanto políticas como sociales, se busca resaltar principalmente la argumentación de que la ley codifica derechos ya creados sin asegurar una coherencia argumentativa dentro de su figura normativa. Los demandantes critican constantemente la inclusión de las medidas tributarias, modificación de servicios públicos, presuntas renuncias y culminación de beneficios o derechos anteriormente otorgados, todo aquello contenido dentro de un único documento legislativo, lo que, desde su punto de vista, define la transparencia y la justicia normativa. La aceptación del recurso no suspende de manera automática la vigencia de la Ley de Solidaridad Nacional, pero además de abrir una puerta para un análisis exhaustivo dentro del cual la Corte deberá tomar en cuenta diversas cuestiones como la legitimidad formal, el respeto al debido proceso legislativo y la constante compatibilidad con el cuadro de constitucionalidad, incluidos todos los tratados internacionales ratificado por el Ecuador. La importancia del precedente no solamente se basa en análisis práctico de esta regla, asimismo, en la capacidad que tiene para influir dentro de futuras leyes multifuncionales o de una función mixta. Desde mi punto de vista sobre los derechos constitucionales, la realización de todas estas demandas es un ejercicio legítimo dentro del control democrático sobre todo el poder legislativo y una aplicación legítima del mecanismo de control de la defensa constitucional.