Fecha: 10-06-2025
Reflexión Personal:
La extensión del estado de excepción en Ecuador, particularmente la del 10 de junio de 2025, me invita a una profunda reflexión sobre el delicado equilibrio entre seguridad y derechos humanos. Si bien es innegable la necesidad de que el Estado garantice la seguridad ciudadana frente a la amenaza de grupos armados, las medidas excepcionales como la suspensión de la inviolabilidad de domicilio y correspondencia plantean serias interrogantes. Me preocupa cómo se controla el uso de estas facultades extraordinarias para evitar posibles abusos y asegurar que no se vulneren derechos fundamentales de ciudadanos inocentes. La implementación de un toque de queda, aunque busca restringir la movilidad de elementos delictivos, también afecta la libertad de tránsito de la población en general, impactando su vida diaria y actividades económicas.
La constante renovación de estas medidas sugiere que las soluciones a largo plazo no pueden basarse únicamente en la restricción de derechos. Es crucial que, paralelamente a estas acciones de fuerza, se implementen estrategias integrales que aborden las causas estructurales de la violencia, como la pobreza, la desigualdad y la falta de oportunidades. Desde una perspectiva jurídica, la transparencia y la rendición de cuentas en la aplicación de estos decretos son fundamentales. El rol de la Corte Constitucional en la fiscalización de estas medidas es vital para asegurar que se ajusten a los principios de proporcionalidad y necesidad. En definitiva, esta situación nos reta a pensar cómo podemos construir un Estado más seguro sin sacrificar las libertades y garantías que son pilares de un verdadero Estado de derecho.
Fuente: https://www.primicias.ec/seguridad/estado-excepcion-ecuador-decreto23-cantones-toque-queda-98197/