Noticia Semanal: 11 - Cristian David Soto Cajamarca

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de SOTO CAJAMARCA CRISTIAN DAVID -
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Israel y Occidente (cada vez menos) vs. Palestina

Israel ejecutó una campaña de bombardeos masiva entre los días 13 y 15 de junio de 2025, contra más de un centenar de instalaciones militares y nucleares iraníes, incluyendo el complejo de Natanz e Isfahán, ocasionando la muerte de altos mandos militares iraníes y científicos nucleares (AP News, 2025). Irán respondió en escala significativa: lanzó más de 150 misiles balísticos y 100 drones sobre ciudades israelíes como Tel Aviv y Jerusalén, con impactos civiles confirmados, incluyendo muertos y heridos menores de edad (Reuters, 2025) 

Desde un punto de vista Jus ad bellum, la Carta de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) prohíbe el uso de la fuerza (artículo 2 numeral 4) excepto en casos de legítima defensa (artículo 51) o con autorización explícita del Consejo de Seguridad.

Por parte de Israel se ha alegado autodefensa, justificando ataques preventivos por una supuesta amenaza inminente de armas nucleares iraníes. No obstante, según la doctrina internacional, la defensa anticipatoria solo es legítima si existe un ataque armado inminente como lo ha establecido la Corte Internacional de Justicia en el Caso Nicaragua vs. EE.UU., sentencia de 1986. Hasta el momento no se ha presentado evidencia pública de un ataque inminente, lo que evidencia una debil pero más que eso, endeble alegación.

Irán declaró que actuó conforme al derecho a la legítima defensa en respuesta a un ataque armado israelí. Sin embargo, la defensa debe cumplir con criterios de: 

  • inmediatez,
  • necesidad, y 
  • proporcionalidad.

En términos del Derecho Internacional Humanitario (DIH), el ataque israelí mató a numerosas personas civiles, entre ellas civiles empleados en el sector nuclear (Comisión de Juristas, 2025). Esto plantea interrogantes serios sobre el respeto de los principios de distinción establecidos por el Protocolo I de los Convenios de Ginebra, artículos 48 y 51 y proporcionalidad, artículo 51 numeral 5 literal b. La falta de distinción entre objetivos militares y científicos también puede constituir una violación del principio de protección de bienes duales artículo 56.

El ataque iraní también afectó infraestructuras críticas como aeropuertos, laboratorios, residencias, lo que también podría violar los principios de distinción y proporcionalidad. Aun cuando parte de la retórica iraní argumentaba que actuaban en legítima defensa y que remitieron avisos a terceros, la diplomacia no sustituye al control legal ex ante sobre la proporcionalidad y precaución en ataques que causan víctimas civiles.

El impacto humanitario es devastador ya que más de 230 muertos en Irán y un mínimo de 10 civiles israelíes fallecieron. Decenas de miles resultaron heridos o desplazados, con infraestructura pública severamente dañada (AP News; Reuters, 2025) 

Estos hechos no solo ponen en riesgo la seguridad regional, sino que, de persistir, amenazan la paz mundial.

Por último, y fundado en el Derecho Internacional Consuetudinario los ataques a infraestructura civil y científica sin distinción clara podrían constituir crímenes de guerra según el artículo 8 del Estatuto de Roma lo que acarrearía responsabilidad penal internacional personal para los actores que planificaron o ordenaron dichos ataques.

Las reacciones diplomáticas han sido inmediatas por ejemplo, el grande rojo -China- condenó los bombardeos israelíes y acusó a Israel de violar la soberanía e integridad territorial de Irán (Reuters, 2025).

La Comisión Internacional de Juristas calificó los ataques israelíes como violaciones graves a la Carta y anticipó que podrían ser considerados crímenes de guerra (Comisión de Juristas, 2025) . Asimismo el Secretario General de la ONU advirtió que cualquier nuevo uso de la fuerza podría desestabilizar la paz y la seguridad en la región (Reuters, 2025).

No es casualidad que el relato se desmorone cada vez más y más rápido, es la reacción a un grupo ínfimo de únicos seres humanos conscientes de la realidad en Gaza. Es qué acaso el mundo se ha vuelto loco: ¿sacrficar a una nación en nombre de Dios es normal en pleno siglo XXI? Sin duda alguna las voces se han ido sumando al grito de resistencia Palestina y sin duda alguna sin los medios de comunicación ilegales, que atraviesan la censura y llegan al mundo, han sido grandes benefactores de esta causa.

La razón principal por la que suecede la guerra es porque una raza se cree superior a otra. No obstante, ¿hasta que punto está bien condenar a Israel y a su gente por el genocidio que ha causado? Es necesario imponer un límite sobre este mismo juzgamiento porque podría revertirse el genocidio en contra de la cultura hebrea en nombre de la justicia.


El grito, aunque en muchos idiomás, clama la liberta del pueblo palestino.


Fuente: Associated Press News. 15 de junio de 2025. https://apnews.com/article/israel-iran-mideast-war-news-06-15-2025-d7e902fda4933aa1b0a30d901d4ff479
HuffPost. 15 de junio de 2025. https://www.huffingtonpost.es/global/iran-e-israel-intercambian-ataques-occidente-pide-reanudar-negociaciones-nucleares-la-unica-viable.html
Comisión Internacional de Juristas. 13 de junio de 2025. https://www.icj.org/israel-iran-israels-attack-on-iran-violates-international-law-threatening-peace-and-security/
Reuters. 13 de junio de 2025. https://www.reuters.com/world/china/chinas-un-envoy-condemns-israeli-strikes-iran-state-media-2025-06-14/
https://www.icrc.org/en/document/what-are-jus-ad-bellum-and-jus-bello-0