Fecha: 06 de junio, 2025
Fuente: https://www.primicias.ec/politica/jorge-glas-empieza-juicio-reconstruccion-manabi-97875/
El aplazamiento del juicio penal contra Jorge Glas, exvicepresidente de Ecuador, por el caso de fraude por malversación de fondos públicos destinado para la reconstrucción de Manabí tras el terremoto de 2016, indica que esto representa un punto critico entre el debido proceso, la salud mental del procesado. Desde mi perspectiva el sistema de justicia está obligado a garantizar los derechos fundamentales de todas las personas, incluso quienes cursan procesos graves.
La detención del juicio hasta que se establezca el estado psiquiátrico del acusado que se encuadra en el principio de interés superior de la persona y el derecho a la defensa efectiva, en el artículo 76 de la Constitución del Ecuador.
El Código Orgánico Integral Penal (COIP) nos establece que una persona no puede ser juzgada si no se encuentra en condiciones físicas o mentales para comprender el proceso en su contra o participar activamente en su defensa. Por tanto, la decisión de esperar una evaluación médica legalmente válida
Sin embargo, también debe considerarse el principio de celeridad procesal, pues las víctimas indirectas de la presunta corrupción —en este caso, la población afectada por el terremoto— tienen el derecho a la verdad, la justicia y la reparación. Cualquier demora excesiva, sin justificación médica o legal adecuada, podría ser una forma de impunidad. Por ello, es fundamental que el peritaje psiquiátrico se realice con rigurosidad, garantizando tanto la salud del acusado como los derechos de la sociedad.
Este caso nos evidencia que el sistema judicial es fundamental para que se respeten los derechos individuales y los derechos colectivos. El reto del derecho penal no es únicamente sancionar al culpable, sino que se debe hacerlo con respeto al Estado ecuatoriano.