Compañías Societarias

Compañías Societarias

de VILLAFUERTE CAGUANA ANA FERNANDA -
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Considero que la constitución de compañías societarias en el Ecuador sí representa una fuente efectiva de generación de empleo formal y sostenible, ya que constituye un mecanismo legal que impulsa la actividad económica, fomenta la inversión y facilita la formalización laboral, en concordancia con el marco constitucional y normativo vigente. La Constitución de la República del Ecuador, en su artículo 284, establece que uno de los objetivos de la política económica es incentivar la producción y generar empleo de calidad, mientras que el artículo 33 reconoce al trabajo como un derecho y un deber social, además de ser la base fundamental de la economía. En ese sentido, la Ley de Compañías, en su artículo 2, reconoce seis tipos de estructuras societarias que permiten organizar jurídicamente diversas actividades económicas: la compañía en nombre colectivo, en comandita simple y por acciones, de responsabilidad limitada, anónima, de economía mixta y la sociedad por acciones simplificada. Sin embargo, a pesar de las reformas establecidas en la Ley Orgánica de Eficiencia Económica y Generación de Empleo de 2023, he podido observar que muchas microempresas en el país enfrentan dificultades para mantenerse en el mercado más allá de su primer año de funcionamiento, lo que pone en duda la sostenibilidad del empleo que generan. Por eso, aunque reconozco que el marco jurídico ecuatoriano brinda condiciones favorables para que las compañías contribuyan al empleo formal, también creo que el Estado debe implementar una política pública integral que garantice acompañamiento técnico, acceso al crédito productivo y una carga tributaria justa para los pequeños empresarios. Solo así, a mi criterio, la constitución de sociedades no será únicamente una vía para crear empleo, sino un verdadero motor de desarrollo económico con estabilidad laboral y justicia social.