Título: Tráfico
de iguanas de Galápagos
Fuente:
- Alvarado, C. (2025). Tráfico de iguanas de Galápagos: Ecuador nunca permitió la exportación pero están en Europa, África y Asia. Obtenido de Mongabay: https://es.mongabay.com/2025/04/trafico-iguanas-de-galapagos-ecuador/
- Malan, S. (2025). Ecuador prohíbe el tráfico de iguanas de las Galápagos, pero están en todos los rincones del mundo. Obtenido de Ecoticias: https://www.ecoticias.com/eco-america/ecuador-prohibe-trafico-iguanas-galapagos
Reflexión:
Se ha vuelto alarmante la última noticia sobre la fauna de las islas Galapos, pues el tráfico de iguanas azota la región y pone en evidencia graves falencias en la aplicación del Convenio CITES, donde países como Mali, Suiza y Uganda han permitido la comercialización internacional de estas especies mediante la categoría de "crianza en cautiverio" sin verificar su procedencia legal. Esto constituye una violación flagrante al principio de soberanía del Ecuador sobre sus recursos naturales y al marco jurídico nacional e internacional que protege estas especies vulnerables y en peligro crítico, establecido en el Convenio sobre Diversidad Biológica, donde Ecuador posee derechos exclusivos sobre estas especies endémicas. Este caso revela un lavado de especímenes extraídos ilegalmente y expone las debilidades sistémicas en los mecanismos de control transfronterizo, pues estamos ante un fraude regulatorio transnacional donde se ha instrumentalizado un mecanismo legal (permisos CITES) para legitimar actividades ilícitas mediante el "blanqueo" de especies extraídas ilegalmente, el vacío más preocupante es la falta de obligatoriedad para que terceros países consulten al país de origen sobre la procedencia de especies endémicas antes de autorizar su comercio, violando así el principio de buena fe en las relaciones internacionales consagrado en la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados, haciendo que se demande evaluar la responsabilidad internacional de los Estados bajo el marco de CITES y posibles reformas al convenio para establecer protocolos vinculantes de verificación de origen, un sistema de trazabilidad genética para especies CITES Apéndice II, y mecanismos de sanción efectivos para Estados que faciliten el tráfico de especies mediante certificaciones fraudulentas.