TITULO: Reformas al licenciamiento ambiental en Honduras afectaría protección al medio ambiente, advierte OACNUDH
FUENTES:
- Noticias 24/7. (2025). Proyecto de ley ambiental podría vulnerar derechos humanos de comunidades, advierte el Conadeh. Obtenido de: https://noticias247.hn/proyecto-de-ley-ambiental-podria-vulnerar-derechos-humanos-de-comunidades-advierte-el-conadeh.html
- Revistaeyn. (2025). Reformas al licenciamiento ambiental en Honduras afectaría protección al medio ambiente, advierte OACNUDH. Obtenido de: https://www.revistaeyn.com/centroamericaymundo/reformas-al-licenciamiento-ambiental-en-honduras-afectaria-proteccion-al-medio-ambiente-advierte-oacnudh-ED25731577
- Irias. Cespad. (2025). Análisis Semanal | Proyecto de Ley en Congreso Nacional pone en riesgo el acceso a la información y consulta ciudadana en temas ambientales. Obtenido de: https://cespad.org.hn/analisis-semanal-proyecto-de-ley-en-congreso-nacional-pone-en-riesgo-el-acceso-a-la-informacion-y-consulta-ciudadana-en-temas-ambientales/
FECHA: 12 de Mayo de 2025
REFLEXIÓN
La iniciativa de Ley Especial de Fomento a las Inversiones por
Medio de la Eficiencia de los Procesos de Licenciamiento Ambiental,
actualmente en debate en el Congreso Nacional de Honduras, ha generado una reacción
contundente por parte de organismos nacionales e internacionales, las tres
fuentes analizadas OACNUDH (Revista E&N), CONADEH
(Noticias 24/7) y CESPAD coinciden en que la reforma
proyectada plantea riesgos sustanciales tanto desde la perspectiva de los derechos
humanos, como desde el derecho ambiental y el principio
de legalidad administrativa.
La iniciativa de Ley
Especial de Fomento a las Inversiones por Medio de la Eficiencia de los
Procesos de Licenciamiento Ambiental, actualmente en discusión en el Congreso
de Honduras, ha provocado fuertes críticas de organismos nacionales e
internacionales como la OACNUDH, CONADEH y CESPAD, quienes advierten que esta
reforma representa una amenaza grave a los derechos humanos, al derecho
ambiental y al principio de legalidad administrativa.
En primer lugar, se denuncia la violación de estándares internacionales y el principio de debida diligencia, ya que el proyecto permitiría la emisión de licencias sin una verificación técnica adecuada, lo que contraviene tratados como el Acuerdo de Escazú y el Convenio 169 de la OIT, a ello se suma el riesgo de que el vencimiento de plazos opere como un “silencio administrativo positivo”, inapropiado en trámites que requieren valoración especializada y afectan el interés público; se restringe el derecho a la participación y consulta previa de las comunidades, en especial de pueblos indígenas y afrodescendientes, lo cual vulnera el principio de consentimiento libre, previo e informado (CLPI), reconocido en el derecho internacional y la Constitución hondureña.
Se denuncia la privatización de funciones públicas, ya que se delega el licenciamiento a consultoras contratadas por los propios proyectos, lo que compromete la objetividad e imparcialidad técnica, generando conflictos de interés y una captura regulatoria que debilita la función estatal; esta propuesta, según las fuentes, se enmarca además en un contexto estructural de impunidad, criminalización y violencia contra defensores del ambiente, lo que podría implicar responsabilidad internacional del Estado por omisión en la protección de derechos fundamentales. Las organizaciones instan a realizar un control de constitucionalidad y convencionalidad sobre el proyecto, dado que representa una norma regresiva incompatible con los principios de legalidad, transparencia, participación y progresividad, desmantelando las garantías jurídicas que protegen tanto al medio ambiente como a las comunidades vulnerables.
El proyecto de ley representa un claro ejemplo de norma regresiva que pone en riesgo derechos fundamentales, debilitando el Estado de Derecho ambiental en Honduras. Al reducir los procedimientos de licenciamiento a simples trámites administrativos automatizados, sin evaluación contextual ni consulta, se está desmontando el marco de garantías jurídicas que protege tanto el medio ambiente como los derechos colectivos de comunidades vulnerables.
NOTA: En el trabajo escrito constan las 15 líneas de reflexión, a pesar que aquella información transcrita en el presente foro puede demostrarse con menor cantidad de líneas desarrolladas; teniendo en cuenta que consta con todo lo requerido por la docente.