Decisión de la Corte Constitucional del Ecuador
La Corte Constitucional del Ecuador rechazó una propuesta del presidente Daniel Noboa que buscaba una reforma parcial a la Constitución con el objetivo de imponer la prisión preventiva obligatoria para delitos relacionados con el terrorismo y el crimen organizado. La Corte consideró que dicha reforma era inconstitucional, ya que vulneraba principios fundamentales como la presunción de inocencia y el derecho a la libertad personal. Además, advertía que dicha medida afectaría gravemente la independencia judicial al impedir que los jueces realicen un análisis individualizado y contextualizado de cada caso.
La Corte enfatizó que esta propuesta tocaba el núcleo duro de los derechos fundamentales y, por lo tanto, no podía tramitarse mediante una reforma parcial, sino que requeriría un procedimiento más profundo como una enmienda o una reforma integral a través de una Asamblea Constituyente. Esta decisión fue celebrada por organizaciones de derechos humanos y sectores del ámbito jurídico, quienes la vieron como una defensa firme del debido proceso y del equilibrio de poderes.
Sin embargo, el Gobierno expresó su desacuerdo con el fallo, argumentando que el país enfrenta una crisis de seguridad sin precedentes, con el auge del crimen organizado, el narcotráfico y redes de corrupción política. Desde esa perspectiva, consideraron que la reforma era una herramienta necesaria y urgente para dotar al Estado de mecanismos más efectivos en la lucha contra la violencia.
En opinión de algunos sectores, la reforma podría haber sido aceptada con ciertas salvaguardas, dado el contexto de alta criminalidad que vive Ecuador, siempre y cuando se respetaran los principios constitucionales y no se debilitara el rol del juez como garante de justicia.