Corte Constitucional de Ecuador avala la prohibición para el uso de celulares durante la votación en la segunda vuelta.
Fecha: 4 de Abril 2025.
Reflexión.
La noticia trata sobre la prohibición que impuso el CNE sobre el uso de los celulares durante las votaciones presidenciales con el fin de evitar fotos o videos para mantener el voto secreto pero con sus debidas limitaciones. Desde mi punto de vista me parece interesante las medidas que se toman para la privacidad del sufragio, porque se ha visto en elecciones pasadas como las personas filtran sus votos a traves de sus dispositivos. De igual forma estoy de acuerdo con las limitaciones que se les ha impuesto, ya que muchas personas no necesariamente van con la intención de realizar algo ilícito, la mayoría generalmente lleva consigo sus celulares por seguridad, la comunicación, entre otras necesidades; por lo que, me parecería incorrecto si prohibieran totalmente su uso porque afecta de manera directa al acceso de información, participación ciudadano e incluso a la libertad de expresión.
Por otro lado, también estarían limitando el derecho al sufragio porque en caso de que una persona por necesidad comunicativa necesite llevar su celular y los encargados no lo dejen pasar por ese inconveniente, estarían disuadiendo indirectamente a esa persona a votar.
Mi opinión sería que se centren mas en controlar de manera organizada y pacífica el uso de los dispositivos en las urnas al momento de realizar el sufragio, mas no en prohibir totalmente su uso, seria mas conveniente que crearan espacios seguros y vigilados en donde se pueda dejar los celulares de manera temporal para evitar inconvenientes y en casos extraordinarios en donde una persona que haya ignorado las advertencias del uso incorrecto de los celulares durante su sufragio y haya realizado fotos o videos de su voto, creo que en esos casos si es pertinente realizar una sanción por el motivo de su acción, mas no por el simple hecho de llevar un dispositivo, obviamente con el debido respeto al marco constitucional y a la dignidad de la persona en cuestión.
Por último creo que esta bien que la Corte Constitucional haya actuado frente a la resolución del Consejo Nacional Electoral porque a mas de permitió garantizar la seguridad del proceso electoral también puso en consideración el ejercicio libre de los derechos fundamentales.
BIBLIOGRAFIA