Tema de la Noticia: La Corte Constitucional dejó en firme la prohibición del uso de aparatos electrónicos durante el sufragio de la segunda vuelta electoral.
Fecha de la Noticia: Viernes 04 de Abril del 2025
La Corte Constitucional ratificó la prohibición de utilizar dispositivos electrónicos, como teléfonos celulares, durante el sufragio en la segunda vuelta electoral del 13 de abril, medida emitida por el Consejo Nacional Electoral.
El objetivo de esta decisión es proteger a los votantes de posibles presiones externas mientras ejercen su derecho al voto. La prohibición se aplica únicamente durante el acto de votación, es decir, desde que el votante recibe la papeleta hasta que la deposita en la urna.
A más de ello La Corte aclaró que los electores no deben entregar sus dispositivos electrónicos a los miembros de las juntas receptoras de votos, ni se violará su privacidad al momento de votar. La medida se fundamenta en las recomendaciones del Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, que advirtió sobre los riesgos de coacción derivados de registrar y difundir el voto, lo que podría influir en las decisiones de otros votantes. La Corte también aclaró que esta prohibición no restringe el derecho al voto ni la libertad de expresión, ya que los votantes pueden compartir su decisión fuera del recinto electoral una vez que hayan votado. Además, se ordenó al CNE difundir la sentencia para garantizar que los ciudadanos comprendan cómo se implementará la medida. La decisión fue aprobada por ocho de los nueve magistrados, destacando un fuerte apoyo a la protección del proceso electoral.
Así que como futuros votantes tenemos que acatarnos a la ley y ser responsables de nuestros actos .
Fuentes de investigación:
https://www.ecuavisa.com/noticias/politica/corte-constitucional-inconstitucionalidad-dispositivos-moviles-segunda-vuelta-FF9070135