¿Cuáles son los Delitos Informáticos que más se cometen en el Ecuador?
Según datos de la Policía Nacional del Ecuador y la Unidad de Delitos Informáticos actualmente, uno de los delitos informáticos más comunes en Ecuador es:
Se podría evitarlos de la siguiente manera:
El Código Orgánico Integral Penal de Ecuador sanciona estos delitos en el Título IV, Capítulo Segundo, artículos 232 a 236. Por ejemplo:
- Acceso no consentido a sistemas informáticos: prisión de 1 a 3 años.
- Intercepción ilícita de datos: prisión de 3 a 5 años.
- Suplantación de identidad digital: de 1 a 3 años de prisión.
Referencias Bibliográficas
El Comercio. (2022, enero 11). Ciberdelincuentes operan de cuatro formas en el Ecuador. https://www.elcomercio.com/actualidad/seguridad/ciberdelincuencia-ecuador-organizaciones-delictivas-victimas.html
Ministerio de Defensa Nacional del Ecuador. (2021). Código Orgánico Integral Penal. https://www.defensa.gob.ec/wp-content/uploads/downloads/2021/03/COIP_act_feb-2021.pdf
Según datos de la Policía Nacional del Ecuador y la Unidad de Delitos Informáticos actualmente, uno de los delitos informáticos más comunes en Ecuador es:
- El phishing, que se considera una técnica de engaño utilizada para obtener información personal y financiera de los ciudadanos. Esta práctica ha aumentado con la digitalización de servicios, especialmente en el sector bancario.
- Otro delito informático es el mecanismo que utilizan las bandas es infectar computadoras y celulares a través de enlaces maliciosos que circulan en páginas web y redes sociales. El virus informático roba datos personales o bancarios.
- El tercer mecanismo que usan estas organizaciones delictivas es crear sitios web fraudulentos o plataformas de comercio electrónico. Allí ofrecen entregar a domicilio diversos productos, desde ropa hasta aparatos electrónicos.
Se podría evitarlos de la siguiente manera:
- Educación digital desde temprana edad.
- Uso de antivirus actualizados y contraseñas seguras.
- Activar autenticación de dos factores.
- No abrir correos o enlaces sospechosos.
- Comprobar que la URL de la página de Internet en la que navega comience con ‘https’ en lugar de ‘http’
- Evitar realizar transacciones a cuentas bancarias o compras en línea a través de redes WiFi públicas.
El Código Orgánico Integral Penal de Ecuador sanciona estos delitos en el Título IV, Capítulo Segundo, artículos 232 a 236. Por ejemplo:
- Acceso no consentido a sistemas informáticos: prisión de 1 a 3 años.
- Intercepción ilícita de datos: prisión de 3 a 5 años.
- Suplantación de identidad digital: de 1 a 3 años de prisión.
Referencias Bibliográficas
El Comercio. (2022, enero 11). Ciberdelincuentes operan de cuatro formas en el Ecuador. https://www.elcomercio.com/actualidad/seguridad/ciberdelincuencia-ecuador-organizaciones-delictivas-victimas.html
Ministerio de Defensa Nacional del Ecuador. (2021). Código Orgánico Integral Penal. https://www.defensa.gob.ec/wp-content/uploads/downloads/2021/03/COIP_act_feb-2021.pdf